Honda Motor Co. Ltd. y Greens Power Products, S.L. alcanzan un acuerdo transaccional con Motores Campeón, S.L. y Tecnoplus, S.A. en relación con las actividades de comercio paralelo de productos equipados con motores Honda llevadas a cabo por Motores Campeón, S.L. y Tecnoplus, S.A.
Honda Motor Co. Ltd. y Greens Power Products, S.L. (distribuidora en exclusiva de productos "HONDA" en España – categoría Power Products) han llegado a un acuerdo con las compañías Motores Campeón, S.L. y Tecnoplús, S.A. para poner punto y final al procedimiento judicial que las enfrentaba por motivo de la venta en España por parte de Motores Campeón, S.L. y Tecnoplús, S.A. de motoazadas y generadores asiáticos equipados con motores "HONDA", modelo GX 160, que no habían sido previamente introducidos en el comercio en el Espacio Económico Europeo por Honda Motor Co. Ltd (o por un tercero con su consentimiento).
En la demanda se sostenía que estas actividades, conocidas comúnmente como "importaciones paralelas", suponen la infracción de las distintas marcas "HONDA" titularidad de Honda Motor Co. Ltd registradas en las clases correspondientes a máquinas y motores, entre otras.
Asimismo, se mantenía que la comercialización en Europa de dichos motores "HONDA", que no fueron fabricados con la intención de ser puestos en el comercio en territorio europeo, conllevaba la inobservancia de la normativa europea y nacional relativa a homologaciones y emisiones de ruidos y gases, lo que se reputaba un acto de competencia desleal.
Con la finalidad de transaccionar amistosamente esta controversia, Honda Motor Co. Ltd., Greens Power Products, S.L., Motores Campeón, S.L. y Tecnoplús, S.A. han llegado a un acuerdo extrajudicial mediante el cual Motores Campeón, S.L. y Tecnoplús, S.A. se comprometen a abstenerse de explotar económicamente, directa o indirectamente a través de entidades de su mismo grupo empresarial, productos "HONDA" o equipados con motores "HONDA" que no hubieren sido previamente comercializados en el Espacio Económico Europeo por Honda Motor Co. Ltd. o con su consentimiento.
Este acuerdo, rubricado el día 28 de septiembre de 2011, que prevé asimismo el pago por parte de Motores Campeón, S.L. y Tecnoplús, S.A. a Honda Motor, Co., Ltd. de una compensación económica por los gastos ocasionados en el procedimiento judicial, constituye un nuevo fruto del empeño puesto por Honda Motor Co. Ltd y Greens Power Products, S.L. en los últimos años en frenar las actividades de comercio paralelo contrarias a sus legítimos derecho de marca y a la normativa vigente en materia de homologación y emisiones de ruido y gases.
En la demanda se sostenía que estas actividades, conocidas comúnmente como "importaciones paralelas", suponen la infracción de las distintas marcas "HONDA" titularidad de Honda Motor Co. Ltd registradas en las clases correspondientes a máquinas y motores, entre otras.
Asimismo, se mantenía que la comercialización en Europa de dichos motores "HONDA", que no fueron fabricados con la intención de ser puestos en el comercio en territorio europeo, conllevaba la inobservancia de la normativa europea y nacional relativa a homologaciones y emisiones de ruidos y gases, lo que se reputaba un acto de competencia desleal.
Con la finalidad de transaccionar amistosamente esta controversia, Honda Motor Co. Ltd., Greens Power Products, S.L., Motores Campeón, S.L. y Tecnoplús, S.A. han llegado a un acuerdo extrajudicial mediante el cual Motores Campeón, S.L. y Tecnoplús, S.A. se comprometen a abstenerse de explotar económicamente, directa o indirectamente a través de entidades de su mismo grupo empresarial, productos "HONDA" o equipados con motores "HONDA" que no hubieren sido previamente comercializados en el Espacio Económico Europeo por Honda Motor Co. Ltd. o con su consentimiento.
Este acuerdo, rubricado el día 28 de septiembre de 2011, que prevé asimismo el pago por parte de Motores Campeón, S.L. y Tecnoplús, S.A. a Honda Motor, Co., Ltd. de una compensación económica por los gastos ocasionados en el procedimiento judicial, constituye un nuevo fruto del empeño puesto por Honda Motor Co. Ltd y Greens Power Products, S.L. en los últimos años en frenar las actividades de comercio paralelo contrarias a sus legítimos derecho de marca y a la normativa vigente en materia de homologación y emisiones de ruido y gases.
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